viernes, 18 de agosto de 2017

Ayuntamiento de Santiago aclara CORAASAN debe regirse por leyes y normas del municipio.


El Ayuntamiento de Santiago, salió hoy al frente a declaraciones
emitidas a los medios de Prensa, por parte de la Corporación de Acueducto y
Alcantarillado de Santiago, (CORAASAN) sobre supuestas acciones cometidas
por la Alcaldía de Santiago, que les impiden realizar trabajos en la ciudad.

Es importante que la población entienda, que la Alcaldía, se rige por leyes y
normas en las que se sustentan todas las acciones que tienen que ver con la
realización de trabajos en los espacios públicos del municipio, sean estos
realizados por instituciones publicas o privadas, las cuales deben hacerlo en
coordinación con el Ayuntamiento y amparados en las leyes que rigen cada
departamento de esta institución.

En tal sentido, el Ayuntamiento de Santiago, a través de una correspondencia le
recuerda a CORAASAN, que en atención a las disposiciones legales contenidas
en las leyes 675-44 sobre urbanización, ornato público y construcciones, la ley
6232-62, sobre Planeamiento Urbano en la Republica Dominicana, la ley 176-07,
que rige el Distrito Nacional y los Municipios y la ley 63-17,sobre Movilidad.

Transporte Terrestre, Transito y Seguridad vial en la República Dominicana, deben
ser observadas y acatadas, a los fines de regularizar las construcciones,
demoliciones o reparaciones que conlleven el uso de suelo, dentro de los límites
del Municipio de Santiago.

En la comunicación enviada a CORAASAN por la Oficina Municipal de
Planeamiento Urbano,(OMPU),se destaca que en virtud de lo que establece la ley
675-44, en su artículo 2,es una para toda urbanización o ensanche que se
proyecte realizar, debe tenerse previamente una autorización del Ayuntamiento
correspondiente y que la ley 6232-62,sobre planificación urbana, faculta a la
OMPU, a otorgar permisos para construcción, alteración, ampliación, demolición,
uso y cambios en estructuras y terrenos en el ámbito municipal.

También destaca que la ley 63-17, sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Transito
y Seguridad vial en la República Dominicana, da plenas facultades al
Ayuntamiento, para regularizar los trabajos que realicen las instituciones del
Estado y particulares en las vías publicas y que para ser beneficiario de un
permiso, deberá notificarlo 72 horas antes a las autoridades del municipio.

El Ayuntamiento de Santiago, expresa que no es posible que CORAASAN,
intervenga calles y avenidas recién asfaltadas, rompiendo estructuras sin ningún
criterio, sin coordinar, ni notificar y mucho menos sin solicitar permisos al
Ayuntamiento de Santiago y lo más grave es dejar las calles y avenidas rotas y
abandonadas lo que conlleva gastos en perjuicio del municipio.

Finalmente, el Ayuntamiento de Santiago, deja constancia de que no es cierto que
se esté impidiendo que CORAASAN trabaje en los proyectos que emprende, ya
que no hemos retenido equipos ni la flotilla de vehículos que esa institución utiliza
para sus trabajos, sólo queremos y exigimos que CORAASAN y cualquier otra
institución o empresa cumplan con lo que manda la ley y que el Ayuntamiento
es la institución que administra la ciudad.

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