El Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago, emitió en el día de hoy
una Resolución en la que declara al Municipio de Santiago, en Estado de Emergencia
Pública y Riesgo, a fin de preservar la salud y la vida de todos los munícipes, en todos
los sectores sociales del municipio.
La declaratoria está amparada en la Resolución 3260-20, aprobada a unanimidad por
los regidores presentes en una Sesión Extraordinaria, que tuvo como único punto de
agenda el conocimiento de la situación del municipio, ante la calamidad que representa
el coronavirus Covid 19.
El Estado de Emergencia tendrá una duración de cien (100) días y otorga poderes
especiales al alcalde Abel Martínez, para que proceda a realizar acciones que
reduzcan significativamente el estado de calamidad pública en que se encuentra el
municipio y a actuar basado en lo que establece la ley ante situaciones de emergencia.
Establece que las acciones del alcalde, deberán tener como objetivo, evitar que la
propagación comunitaria siga teniendo a Santiago como una de las locaciones
territoriales de mayores casos estadísticos de enfermos y víctimas mortales del país,
que a la fecha ha cobrado la vida de 8 personas y 274 casos positivos.
Considera que es momento propicio para emprender acciones que vayan a
salvaguardar estándares sanitarios preventivos a fin de evitar mayores casos de
infectados, por la propagación del virus en la población santiaguera, lo que requiere de
acciones tendentes a detener su multiplicación.
El Concejo Municipal, destaca que en correspondencia con el Articulo 21 de la Ley 176-
09 referido a los fondos de los ingresos municipales, le otorgan al alcalde Abel
Martínez, en el marco de los cien (100) días, enfocar la composición del gasto
municipal para dirigir los recursos al objeto de la intervención que caracteriza dicha
resolución, es decir, el impacto positivo de la emergencia y calamidad pública.
El Artículo 4 de la resolución aprobada por la Sala Capitular, inviste al alcalde municipal
con los poderes que en derecho fuere necesario para recibir donaciones, informando a
dicho Concejo de las diligencias encaminadas para tales fines.
Mientras que en el Artículo 4 de dicha resolución, en lo que respecta a los
procedimientos de compras relacionadas con el tema se autoriza al ejecutivo municipal,
a realizarlo mediante el procedimiento establecido en la Ley 340-06 y su reglamento
543-12, mediante la modalidad de Urgencia.
Los miembros del Concejo Municipal, tomaron en cuenta la Constitución de la
República y las leyes que involucran y dan facultad a los ayuntamientos del país para
que sus autoridades actúen de manera eficaz y sin dilación en favor de las
comunidades que dirigen.
La Sesión, encabezada por Mérito Guzmán, presidente del Concejo Municipal, fue
realizada en un área del Lobby de la sede municipal y todos los regidores presentes,
así como el secretario general Héctor Ramírez, en representación del alcalde Abel
Martínez y Félix Michel Rodríguez, secretario del Concejo Municipal, estuvieron con la
debida protección, ante la situación que vive el país.
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